Abstract
¿Puede tener la ciudadanía un derecho a recibir noticias de calidad? Hay quien cree que semejante derecho es inviable porque las obligaciones que de él se seguirían implicarían una supresión de facto de las libertades periodísticas. En este artículo defiendo que ese problema afecta solo al derecho a las noticias si se lo concibe como derecho jurídico subjetivo. Concebido como un derecho moral, el derecho de la ciudadanía a las noticias es no solo compatible con las libertades periodísticas, sino el fundamento moral de la institución periodística misma. Además, argumento que el derecho a las noticias puede (y debe) tener importantes efectos jurídicos, ya que impone a las administraciones públicas una obligación de adoptar medidas para protegerlo, las cuales clasifico en directas e indirectas.