Abstract
La teoría “coaseana” del derecho, y el Análisis Económico del Derecho en general, asumen implícitamente la veracidad de dos premisas comportamentales: la “exogeneidad de la preferencia” y la “independencia de la referencia”. Este artículo señala algunas objeciones a estas premisas, luego evidencia algunas implicaciones acerca de: cómo el AED –desde un punto de vista positivo– pronostica los comportamientos de las personas y los efectos de las normas jurídicas entendidas como incentivos, y cómo, –desde un punto de vista normativo– la teoría económica sugiere las decisiones del juez o del legislador. El artículo además presenta los desafíos a los que se enfrenta el AED al aceptarse la premisa comportamental de que las personas valoran los derechos individuales, no en términos absolutos, sino en términos relativos, comparados con un punto de referencia.